SIPLA

El Sistema de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo (SIPLA)

Se encuentra desarrollado en la Circular 170 de 2002 expedida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Este sistema de gestión de riesgos le aplica a las siguientes personas jurídicas, sin importar su monto de activos y/o ingresos.

Normativa Aplicable
  • Depósitos públicos y privados. 
  • Sociedades de intermediación aduanera. 
  • Sociedades portuarias. 
  • Usuarios operadores, industriales y comerciales de zonas francas. 
  • Empresas transportadoras. 
  • Agentes de carga internacional. 
  • Intermediarios de tráfico postal y envíos urgentes. 
  • Empresas de mensajería. 
  • Usuarios aduaneros permanentes. 
  • Usuarios altamente exportadores. 
  • Los demás auxiliares de la función aduanera y profesionales del cambio de divisas.

Hasta 40.000 UVT y/o suspensión y/o cancelación de la habilitación para desarrollar operaciones de comercio exterior, sin perjuicio de las sanciones penales a las que hubiere lugar para los administradores, trabajadores y/o empleado de cumplimiento.